Plan voluntariado

1. PRESENTACIÓN DE LA ENTIDAD

 

ASDIFILOR «Asociación de Personas con Discapacidad Física de Lorca y su Comarca» se constituye el 31 de mayo de 2012 como una organización privada, no gubernamental de carácter social y sin ánimo de lucro.

 

Se trata de una asociación de y para discapacitados físicos de Lorca y Comarca del Guadalentín, y para familiares y simpatizantes, que se ha creado, sin ánimo de lucro, con la finalidad de agrupar a todas aquellas personas con el interés de fomentar el asociacionismo de un colectivo con problemas y objetivos comunes.

 

Como entidad sin ánimo de lucro está abierta a todo el colectivo de personas, familiares, amigos, entidades, grupos e instituciones que estén interesadas a conseguir unos objetivos tanto a corto, medio y largo plazo, que supondrán no solo un beneficio para nuestro colectivo, sino que también para toda la sociedad en general.

 

Los valores que impulsan el trabajo de ASDIFILOR son:

 

  1. Compromiso con la defensa de los derechos de las personas con discapacidad física y con el fomento de su autonomía.
  2. Tolerancia y empatía. La actuación del personal, tanto laboral como directivo, se basa en el respeto y consideración hacia la diferencia y en la disposición a admitir en los demás una manera de ser y de obrar distinta a la propia, entendiendo sus necesidades, problemas y sentimientos.
  3. Confidencialidad. Los/as usuarios/as del servicio tienen garantía de que se respetará su privacidad, fundamentalmente quienes acudan interesarse por ayudas y subvenciones.
  4. Orientación al socio. Toda actividad, esfuerzo o recurso empleados por la asociación revalorizan la finalidad última de alcanzar la satisfacción de sus socios.
  5. Eficacia y eficiencia. La asociación se esfuerza en conseguir sus objetivos mediante una gestión eficiente que permita el más alto grado de eficacia con los escasos recursos de que se dispone.
  6. Transparencia. La asociación ofrece claridad en la gestión del Servicio, rindiendo cuenta de ella periódicamente tanto ante las personas destinatarias de su actividad como ante los financiadores. Mejora continua. La asociación enfrenta los continuos retos tanto del entorno como de la misión y trata de gestionar los cambios con la idea de mejorar siempre.

 

ASDIFILOR se encuentra inscrita en Murcia desde 2 de Agosto de 2012  con el número 11.163/1ª y en Lorca se encuentra inscrita con el número 499 con fecha de 14 de Agosto de 2012.

 

1.1. Fines de la entidad.

 

Los fines de ASDIFILOR se encuentran concretados en el artículo 7 de sus Estatutos, los cuales son:

  1. Representar a todos los discapacitados físicos de Lorca y su comarca, así como apoyar, informar y asesorar a los discapacitados físicos de la comarca que así lo requieran.
  2. La equiparación real de los discapacitados físicos con el resto de los ciudadanos, haciendo que se respete el principio de igualdad ante la Ley.
  3. La reivindicación mediante el dialogo, la cooperación y, en su defecto, la utilización de cualquier otro medio legal de actuación.
  4. Desarrollar la cooperación y solidaridad con aquellas entidades, organismos y movimientos ciudadanos, tanto públicos como privados, ya sea a nivel local, regional, nacional o internacional.
  5. Promover leyes que tengan por finalidad una equiparación real al resto de los ciudadanos, siempre y cuando no contradigan los principios de integración y normalización por este orden.
  6. Instar a que se derogue aquella legislación que concurra en lo enunciado en el apartado anterior.
  7. Solicitar a la Administración o a quienes correspondiera que asuman la titularidad de los servicios de interés público conforme a la ley.
  8. Crear y Gestionar, aquellos servicios que se consideraran necesarios y comunes, encaminados a la promoción de actividades ocupacionales y de rehabilitación integral dirigida al discapacitado físico, tales como la integración laboral
  9. Defender los siguientes derechos:
    • A la Educación, la cultura a todos los niveles, al trabajo, a una vivienda digna y adecuada a las necesidades individuales y aquellos que se tienen como Consumidores y Usuarios, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de la problemática del afectado.
    •  A una sanidad Pública digna.
    •  A la accesibilidad, mediante la adaptación del medio físico.
  10. Servir como medida de apoyo a aquellas familias que algún miembro que tenga discapacidad.
  11. Defender el derecho a percibir pensiones dignas, adecuadas y periódicamente actualizadas, para aquellas personas afectadas por el grado de minusvalía legalmente reconocida.
  12. Y cuantas otras redunden en beneficio general del discapacitado físico, y favorezcan la consecución de los propósitos mencionados.

 

1.2. Ámbito de actuación.

 

Las actividades de la Asociación se desarrollan en la C/Francisco Escobar Barbera S/N Cada de ONGS de Lorca. El personal laboral de la entidad se podrá desplazar por Lorca y sus pedanías para las actividades que sean necesarias. El marco de actuación geográfica engloba Lorca y su comarca.

 

1.3. Perfil de los beneficiarios.

 

  1. Personas con discapacidad y su familia
  2. Cualquier persona del entorno de Lorca
  3. Voluntariado

 

2. EL VOLUNTARIADO EN ASDIFILOR

 

2.1. Definición de voluntariado para ASDIFILOR.

 

Tal y como se establece en la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, se entiende por voluntariado el conjunto de actividades dirigidas a la satisfacción de áreas de interés general, desarrolladas por personas físicas, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

 

  1. Que tengan un carácter continuo, altruista, responsable y solidario.
  2. Que su realización sea voluntaria y libre, sin que tengan causa en una obligación personal o deber jurídico.
  3. Que se realicen fuera del ámbito de una relación laboral, funcionarial, mercantil o de cualquier otro tipo de relación retribuida.
  4. Que se realicen sin ningún tipo de contraprestación económica, sin perjuicio del derecho al reembolso de los gastos que la actividad realizada pudiera ocasionar.
  5. Que se desarrollen en función de programas o proyectos concretos, de interés general.
  6. Que dicha actividad se ejerza con autonomía respecto a los poderes públicos

 

Desde ASDIFILOR creemos que el voluntariado es una parte fundamental de la sociedad a través del cual una persona puede canalizar su interés en participar en un programa o proyecto social. De este modo valoramos a las personas voluntarias por encima de todo ya que nos están dando algo muy valioso, su tiempo.

En contraprestación la persona voluntaria puede ganar experiencia en un determinado ámbito y, fundamentalmente, fomentar la sensibilización al permitirles conocer de primera mano las características de otros colectivos.

 

2.2. Derechos y deberes del personal voluntario.

 

Según indica la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, en su artículo 7 las personas voluntarias tendrán los siguientes derechos:

 

  1. Recibir el apoyo humano, técnico e instrumental, formativo e informativo que requiera el ejercicio y el desarrollo de las funciones que se les asignen, así como recibir orientación sobre las actividades para las que reúna las mejores condiciones.
  2. Ser tratadas sin ningún tipo de discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
  3. Participar activamente en la entidad en la que se integran, recibiendo la debida información sobre la misma y, en especial, sobre sus fines, estructura organizativa y funcionamiento, colaborando en la elaboración, diseño, ejecución y evaluación de los programas en los que participen.
  4. Estar aseguradas contra los riesgos de accidente, enfermedad y daños a terceros, derivados directamente de su actividad voluntaria.
  5. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario ante terceros y obtener certificación por su participación en los programas de voluntariado en los que intervengan.
  6. A ser reembolsados por los gastos realizados en el desempeño de sus actividades como voluntario, siempre que así se haya establecido entre la persona voluntaria y la entidad en la que se integra y dentro de los límites fijados en dicho acuerdo.
  7. Realizar la actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene, en función de la naturaleza y características de la misma.
  8. Recibir el respeto y el reconocimiento a su contribución social.
  9. Acordar de manera libre las condiciones de su acción voluntaria, el ámbito o sector de actuación, el compromiso de las tareas definidas conjuntamente, el tiempo y horario de dedicación y las responsabilidades aceptadas.
  10. Renunciar libremente, previo aviso, a su condición de voluntario.
  11. No tener interferencias en sus obligaciones particulares, siempre al margen de la colaboración a que se haya comprometido libremente y a preservar la intimidad de sus datos personales y de su entorno privado.
  12. Las demás que se deriven de la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia y del resto del ordenamiento jurídico que haga referencia al voluntariado.

 

Por otro lado, según indica la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, en su artículo 8 las personas voluntarias tendrán los siguientes deberes:

 

  1. Cumplir los compromisos adquiridos con la entidad en la que se integran, respetando y observando en todo momento los fines y normas por las que dicha entidad se rige.
  2. Guardar confidencialidad respecto de la información recibida y conocida en el desarrollo de su actividad voluntaria, así como de la intimidad de las personas objeto de dicha acción.
  3. Rechazar cualquier contraprestación económica o material que pudiera serles ofrecida por el beneficiario u otras personas, por el ejercicio de su acción voluntaria.
  4. Respetar los derechos y creencias de los beneficiarios o destinatarios de su acción voluntaria, así como del resto de los voluntarios.
  5. Actuar de forma diligente y solidaria en la ejecución de las tareas que les sean encomendadas, no sobrepasando los límites de responsabilidad asignados.
  6. Participar en las tareas formativas previstas por la entidad que, con motivo de su pertenencia a la misma como voluntario, sean necesarias para mantener la calidad de los servicios que prestan.
  7. Utilizar la acreditación y condición de voluntario tan sólo para aquellos fines que motivaron su obtención.
  8. Emplear adecuadamente los recursos y medios materiales puestos a su disposición para el desarrollo de la actividad voluntaria, no haciéndolo en beneficio particular o para usos distintos a los encomendados.
  9. Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten y seguir las instrucciones que se establezcan en la ejecución de las actividades acordadas.
  10. En caso de renuncia, notificarlo con la antelación previamente pactada, para evitar perjuicios graves al servicio.
  11. En general, realizar la acción voluntaria conforme a los principios recogidos en la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia y los demás que se deriven de la misma y del resto del ordenamiento jurídico que haga referencia al voluntariado.

 

2.3. Qué ofrece ASDIFILOR al personal voluntario.

 

  1. Formación
  2. Apoyo
  3. Reconocimiento social del voluntariado
  4. Motivación
  5. Medios
  6. Implicación
  7. Ilusión
  8. Nuevos conocimientos
  9. Disfrutar del trabajo en equipo
  10. Conocer y entender la realidad social del colectivo de personas con discapacidad
  11. Empatía

 

2.4. El papel de la persona voluntaria en ASDIFILOR.

 

La persona voluntaria participará de manera activa, altruista y comprometida en el desarrollo de los proyectos o actividades en las que se requiera personal voluntario.

 

2.5. Perfil del personal voluntario.

 

El perfil de la persona voluntaria que se requiere en ASDIFILOR dependerá de las características del proyecto o actividad en los que se incluya.

A modo genérico podrán ser personas voluntarias de esta entidad toda persona física mayor de edad, sin que pueda llevarse a cabo discriminación alguna por razón de nacimiento, etnia, género, sexo, orientación sexual, religión, discapacidad, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

 

Las personas menores de edad sólo podrán participar en la entidad, previa autorización escrita de sus padres, madres o tutores legales, o de una persona adulta debidamente acreditada de manera fehaciente por los mismos

Es fundamental que la persona tenga habilidades sociales y aptitudes para poder desempeñar sus funciones. Entre estas aptitudes destacamos:

  1. Compromiso y estabilidad en su actividad
  2. Habilidades para el trabajo en equipo
  3. Sociabilidad y empatía
  4. Identificación con los valores de ASDIFILOR
  5. Confidencialidad
  6. Positivismo e ilusión

 

3. OBJETIVOS DEL PLAN DE VOLUNTARIADO DE ASDIFILOR

 

3.1. Objetivo general.

 

Fortalecer la presencia de las personas voluntarias en la asociación para que éstas contribuyan en los proyectos o actividades de voluntariado organizadas desde ASDIFILOR.

 

3.2. Objetivos específicos.

 

  1. Definir el papel de las personas voluntarias en ASDIFILOR
  2. Establecer los derechos y deberes de las personas voluntarias
  3. Establecer los procedimientos de admisión y exclusión de las personas voluntarias
  4. Integrar adecuadamente a las personas voluntarias en la asociación.

 

4. PROCESO DE CAPTACIÓN, SELECCIÓN, INCORPORACIÓN Y DESARROLLO DE LA ACCIÓN VOLUNTARIA.

 

4.1. Proceso de captación y selección.

 

A través de la página web de www.asdifilor.org se encuentra una sección destinada al voluntariado donde cualquier persona interesada podrá encontrar toda la documentación necesaria al respecto.

Así mismo se irán publicando convocatorias específicas para el desarrollo de proyectos o actividades en las que se requiera personal voluntariado, especificando el perfil concreto de persona voluntaria que se busca.

En suma, promocionaremos la búsqueda de personas voluntarias cuando se requiera a través de nuestras redes sociales de Facebook y Twitter.

En caso de cualquier duda en la página web se encuentra toda la información para ponerse en contacto con la asociación.

Una vez la persona solicite incorporarse como voluntario/a se mantendrá una entrevista inicial para conocer las expectativas de la persona e informar de manera breve cuál es la misión de ASDIFILOR.

Si finalmente la persona encaja en las actividades de voluntariado, el siguiente paso es la firma del acuerdo de incorporación de voluntariado. No siempre las personas que se acercan a la entidad y se interesan por ser voluntarios formalizan su colaboración, ya que sus inquietudes o expectativas pueden no encajar con nuestros valores, o nosotros con los suyos.

 

4.2. Proceso de incorporación.

 

Una vez hemos realizado la entrevista inicial con la persona realizada, en esta segunda fase se llevará a cabo una segunda entrevista personal. En ella se establecerán los términos del acuerdo de incorporación y se procederá a su firma por ambas partes. Además, se le informará sobre la póliza de seguros de responsabilidad y accidentes de ASDIFILOR para el personal voluntario.

 

Una vez firmado el acuerdo de incorporación se le entregará a la persona voluntaria:

  1. Copia del acuerdo de incorporación firmado.
  2. Folletos explicativos de la entidad.
  3. Información precisa sobre la póliza del seguro de voluntarios.
  4. Procedimiento para la compensación de gastos, en caso de que así se acuerde.

 

Procuramos que la integración en el grupo sea lo más cómoda posible. Ofreciendo los recursos y el apoyo necesario. Se intentará que todas las dudas de la persona queden resueltas, facilitando toda la información y formación que sean necesarias.

 

4.3. Desarrollo de la acción voluntaria.

 

A la hora de incorporar a la persona voluntaria en su tarea será fundamental que esté acompañado al inicio para poder guiarlo, aclarar dudas, mejorar su intervención motivarlo y ofrecerle seguridad.

En caso de que sea necesaria algún tipo de formación específica para mejorar las intervenciones del voluntariado será llevado a cabo por parte de la asociación. La formación será presencial, dirigida por la persona coordinadora que lleve a cabo el proyecto. En ella se abordarán los aspectos específicos en función del proyecto en el que se incluya. Además, de manera genérica se les explicará qué es ser voluntario, qué puede aportar a la asociación y cuáles son sus derechos y deberes.

También será necesario llevar un seguimiento de la persona voluntaria con el objetivo de detectar posibles irregularidades, dudas o insatisfacciones. Se llevará a cabo mediante la observación directa, entrevistas o encuentros informales.

Por último, nos ocuparemos de la fase de desvinculación de la persona voluntaria en la entidad. Nos interesaremos por los motivos de su marcha y le agradeceremos su trabajo aportar a la asociación. Para ello antes de la despedida se mantendrá una entrevista final con la persona coordinadora del proyecto con el fin de que podamos conocer aspectos positivos y negativos que se ha encontrado durante su labor de voluntariado y poder implementar medidas de mejora.

En última instancia se dará de baja a la persona voluntaria del seguro y se extinguirá el acuerdo de incorporación.

 

4.4. Reconocimiento social del voluntariado.

 

Tal y como se indica en el artículo 9 de la Ley 5/2004, de 22 de octubre, del Voluntariado en la Región de Murcia, la acreditación de la condición de voluntario se efectuará mediante certificación expedida por la entidad de voluntariado, en la que deberán constar, como mínimo, además de los datos personales e identificativos del voluntario y de la entidad, la fecha, duración y naturaleza de la prestación.

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