17 Ene ASDIFILOR se muestra expectante ante la remodelación del Centro Juvenil M13 en Lorca
El Centro Juvenil M13, ubicado junto al campus universitario de Lorca, ha comenzado su primera fase de reacondicionamiento con las mejoras de accesibilidad en la entrada principal para lo que se va a construir una rampa de acceso y una entrada con un cerramiento acristalado exterior. Además, en el hall de entrada junto a las escaleras de acceso a la planta superior, se instalará un ascensor hidráulico para facilitar el acceso a la segunda planta a todas aquellas personas con movilidad reducida, y se adecuarán los aseos a personas con diversidad funcional.
Desde la Asociación de Personas con Discapacidad Física y Orgánica de Lorca (ASDIFILOR) nos alegramos del comienzo de esta reforma que ya veníamos reclamando desde hace unos años. Ya en el año 2018, ASDIFILOR presentó un informe de evaluación al consistorio lorquino sobre las carencias del edificio M13 en cuanto a las condiciones de accesibilidad. En este estudio de evaluación se plasmó la falta de accesibilidad en el entorno y acceso al edificio, en las plantas y entre plantas, así como en los aseos del Centro Juvenil M13.
Primera fase accesibilidad
Según el consistorio, en esta primera fase de las obras se realizará la rampa de acceso, un ascensor hidráulico para acceder a la planta superior, y la adecuación de los aseos a personas con diversidad funcional.
En ASDIFILOR nos mostramos expectantes ante la finalización de estas obras puesto que hay aspectos de accesibilidad que aún quedan por mejorar, como son: los accesos en el entorno del edificio, la disposición de plazas de aparcamiento reservadas y diseñadas para personas con movilidad reducida, la realización de un mostrador de información accesible, y unas dimensiones adecuadas de escaleras, puertas y espacios.
Unas mejoras que vienen recogidas en el informe de accesibilidad realizado en junio de 2018 por ASDIFILOR y que se basa en: el cumplimiento a la LEY 4/2017, de 27 de junio, de accesibilidad universal de la Región de Murcia; la orden VIV 561/2010, que regula la accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados; y al documento básico sobre seguridad de utilización y accesibilidad, incluido en el código técnico de edificación, en especial el DB-SUA9 Y DA DB-SUA/2, por el que se establecen las exigencias básicas para facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los edificios a las personas con discapacidad y la adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes.
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